El trámite judicial se realizó a partir de las investigaciones llevadas a cabo por el Fiscal Dr. Leandro Mai de la Unidad Fiscal Reconquista , que tiene como antecedentes los hechos ocurridos el día 10 de junio a partir de las 13 horas , en calle 47 entre sus similares pasaje 74 y calle 76 , denominado Loteo Belén de la ciudad de Reconquista.-
Los hechos que desembocaron en la imputación se desarrollaron en fecha 10 de junio en un inmueble de propiedad del Señor HLC, en donde un grupo de personas intentó usurpar el predio, lo que fue interrumpido por la labor de los agentes policiales y del personal municipal que trabajo en territorio para resolver el conflicto.
Luego, cuando el personal municipal se aprestaba a utilizar la maquinaria Municipal para evitar se reitere el intento de usurpación, los imputado Agustín Benítez Pintos de 21 años, Soledad Macarena Soto, de 27 años y Rodrigo Ezequiel Aquino de 20 años, conjuntamente con otras personas que no fueron identificadas, procedieron a atacar al personal policial actuante que se encontraba en el lugar cumpliendo funciones , disparándoles con armas de fuego de fabricación casera (tumbera) , arrojándoles toda clase de elementos contundentes con los cuales le provocaron lesiones a los trece (13) agentes policiales, además de dañar cinco (5) móviles policiales que se encontraban en el lugar ocasionando la rotura de vidrios de las ventanillas, parabrisas y abolladuras en distintos lugares. También se produjeron daños en la maquinaria de la Municipalidad de la ciudad de Reconquista.
Calificación Legal
Los imputados se les atribuyeron los delitos de portación de arma de guerra en concurso ideal con abuso de arma de fuego, atentado agravado contra la autoridad por ser a mano armada, por poner manos en la autoridad y por ser cometido por una reunión de más de tres personas y daño calificado por haber sido cometido a los fines de impedir el libre ejercicio de la autoridad o en venganza de sus determinaciones (arts. 45, 54, 104, 184 inc. 1, 189 bis inc. 2 y 238 inc. 1,2 y 4 del CP) cuya pena es de 3 años y 6 meses de mínima y 8 años y 6 meses de máxima.
Medidas Cautelares
En audiencia celebrada por ante el Juez de la IPP Doctora Claudia Bressan se dispuso la prisión preventiva por cuarenta y cinco (45) días del imputado Agustín Benítez Pintos, mientras que para Soledad Macarena Soto se impuso el mismo plazo pero bajo la modalidad domiciliaria , en razón de tratarse de una madre de un bebé de pocos meses de edad.. En relación a Rodrigo Ezequiel Aquino la audiencia de medidas cautelares (prisión preventiva) se realizará el próximo lunes 14 junio a las 10.00 horas.
El Fiscal actuante Dr. Mai consideró”…que en razón de la existencia de un delito en concurso de ejecución que seguiría latente, cuya matriz es un reclamo social, la Unidad Fiscal Reconquista, siguió los lineamientos de la Instrucción General Nº 7/2016 y la Resolución de la FR4 nº 11/2015 , por lo que se solicitó la participación de grupos interdisciplinarios especializados, pertenecientes tanto al primer nivel (gobierno local) como a la agencias provinciales con competencia específica en la temática, que cuenten con la presencia de mediadores , negociadores o facilitadores que actúen profesionalmente para que procuren una solución pacífica al conflicto..”
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