El personal de Dirección General de Policía de Seguridad Vial, en zona rural de la Localidad de Villa Guillermina labro acta de procedimiento en la cual surge que habían divisado un vehículo marca Ford, conducido por un sujeto mayor de edad, acompañado por tres ciudadanos, todos oriundos de la Localidad de Villa Guillermina, transportando en la caja del vehículo un animal faenado de doscientos veinte kilogramos aproximadamente.
El animal se encuentra despostado en bolsas para su traslado, posterior y por orden del Sr. Fiscal en Turno: dispuso que efectivos rurales prosigan con las diligencias a fin del esclarecimiento por ser personal idóneo en la materia, por lo que de tareas investigativas se logra dar con el propietario del animal faenado, manifestando su apoderada legal que el animal se había quebrado una de sus patas por lo que se decidió faenar el animal y cambiarlo de palabra con un sujeto por un equino; se dio conocimiento e intervención al Fiscal en turno, quien dispuso que a los cuatro ciudadanos del vehículo, se les atribuya mediante notificación INFRACCION AL ART. 119 DE LA LEY PCIAL N° 13.774 .
Se procedió al SECUESTRO PREVENTIVO del producto carneo y de los elementos que transportaban con los que realizaron dicha faena (cuchillo, sierra, ganchos tipo carnicero, aparejo etc.); una vez finiquitados trámites de rigor se retiran sin tomarse otra medida coercitiva contra su Libertad; desnaturalizándose el producto carneo por no ser apto para consumo humano. Interviene el fiscal de la ciudad de Las Toscas.
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