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4 de junio de 2020

Denegaron la prisión domiciliaria al imputado de haber quemado viva a su mujer en Alejandra

En audiencia celebrada el día 01 de junio por sistema de videoconferencia la señora Jueza Doctora Norma Senn en la OGJ Reconquista, resolvió denegar la prisión domiciliaria de Carlos Ermindo Usprung detenido con prisión preventiva.-

La audiencia fue solicitada por la defensa técnica del Carlos Ermindo Usprung quién peticionó la prisión domiciliaria de su defendido en el marco de la carpeta judicial CHU s/ Homicidio Agravado por el Vínculo y por Mediar Violencia de Género, quien actualmente se encuentra detenido en la U.2 de la ciudad de Santa Fe. 

El Caso Homicidio: 
Luego de numerosos episodios de violencia de género contra la su esposa Ana Gabriela Benitez, con quien conviviera el imputado por casi dos años, el 17 de enero de 2020 invitó a la víctima a pasear en un automotor el cual utilizaba el imputado, que no tenía su tanque de combustible reglamentario, al estar inhabilitado y a los fines del suministro del mismo, llevaba uno o dos bidones de plásticos conteniendo nafta en el interior del habitáculo y una serie de mangueras . 

En esas circunstancias, y luego haber estado estacionado en un lugar oscuro y alejado de los sitios transitados y de terceras personas, al sur del acceso principal de la localidad de Alejandra, departamento San Javier, cerca de las 04:00 hs. del 18 de enero, procedió a incendiar el automotor rociando con nafta el interior del mismo aprovechando los bidones allí existentes. La víctima no podía movilizarse adecuadamente por sus propios medios por que quedó atrapada inconsciente en el interior del rodado hasta fallecer calcinada. 

El Fiscal Doctor Aldo Gerosa calificó al hecho como Homicidio Agravado por medir Violencia de Género y por el Vínculo en calidad de de autor (arts. 79, 80 inc. 1º y 11º,45 C. Penal).- 

Audiencia .Postura del Fiscal En la audiencia que se realizó por videoconferencia y que comenzó a las 11,23 horas y a su turno, el Fiscal del Caso Dr. Aldo Gerosa se opuso al pedido de morigeración de la cautelar por que “existen peligros procesales si se otorga la medida solicitada por la defensa. Que el Art.10 del CP señala por enfermedad que no pueda ser tratada en la unidad penal”. Asimismo el fiscal manifestó que el “imputado no presenta síntomas de covid.19 y que no procede la prisión domiciliaria”. El fiscal representante del Ministerio Público de la Acusación hizo referencia en la audiencia a la oposición de las hermanas de la víctima, por “notas recibidas”.- 

La Resolución SS interrogó al imputado sobre sus problemas de salud, luego de ello consideró “que continúan los peligros procesales, que la enfermedad del imputado puede ser tratada en el lugar del cumplimiento de la penal”. En consecuencia dispuso “no hacer lugar al pedido de morigeración de la medida cautelar del imputado Carlos Ermindo Usprung, por no encontrarse comprendido dentro de los supuestos del Art.10 del CP…”

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