En la ciudad de Reconquista, un Tribunal Pluripersonal del Colegio de Jueces Penales de Primera Instancia resolvió condenar a Néstor Alexis Gutiérrez, de 46 años, a la pena de 16 años de prisión de efectivo cumplimiento, tras considerarlo autor penalmente responsable de graves delitos contra la integridad sexual.
La resolución fue dictada el 10 de agosto de 2026, en el marco de la causa judicial caratulada “Gutiérrez, Néstor Alexis s/ abuso sexual con acceso carnal reiterado, abuso sexual simple y otros”, tramitada ante la Oficina de Gestión Judicial del Distrito Judicial N.º 4.
El tribunal estuvo integrado por los jueces Martín Gauna Chapero, Natalia Palud y Sergio Alberto Olivera, quienes resolvieron por unanimidad.
Los delitos por los que fue condenado
De acuerdo con la sentencia, Gutiérrez fue declarado penalmente responsable de los delitos de abuso sexual con acceso carnal reiterado agravado por la convivencia preexistente, en concurso real con abuso sexual simple reiterado, también agravado por la convivencia preexistente.
Asimismo, la resolución establece que los hechos fueron cometidos en concurso ideal con el delito de promoción de la corrupción de menores agravada por la convivencia.
La condena fue establecida en 16 años de prisión, además de las accesorias legales y costas correspondientes, conforme a los artículos del Código Penal citados en la resolución.
Prisión preventiva e inmediato encarcelamiento
Uno de los puntos centrales de la decisión judicial fue la disposición de la prisión preventiva de Néstor Alexis Gutiérrez.
En consecuencia, el Tribunal ordenó su inmediato encarcelamiento, librándose las comunicaciones y órdenes correspondientes a la fuerza pública.
La sentencia establece además que el cómputo de la pena quedará diferido hasta que la resolución adquiera firmeza, sin perjuicio de la detención cautelar que fue dispuesta.
La intervención de la Fiscalía y la Defensa
En representación del Ministerio Público de la Acusación intervino el fiscal Valentín Herenú, mientras que la acusación contó con la intervención de la doctora Luciana Chiavarini.
La defensa técnica del condenado estuvo a cargo de las doctoras María Jimena Galbucera y Valeria Lorenzon Tourn.
Según consta en la resolución, la Defensa dejó formulada una reserva de recursos, por lo que la sentencia todavía deberá atravesar las instancias correspondientes antes de quedar firme.
Medidas posteriores a la sentencia
El Tribunal también ordenó que, una vez que la resolución adquiera firmeza, la Oficina de Gestión Judicial disponga las medidas necesarias para realizar los exámenes y extracción de muestras biológicas para la identificación genética del condenado, además de su incorporación al registro correspondiente.
También se estableció la obtención de la huella genética digitalizada para su inscripción en el Registro Provincial de Huellas Genéticas Digitalizadas, conforme a la legislación vigente.
Por otra parte, la resolución dispone la notificación a las víctimas, de acuerdo con las previsiones del Código Procesal Penal de Santa Fe.
Finalmente, una vez que la sentencia quede firme, las actuaciones serán remitidas para la correspondiente ejecución de la pena.
Una condena de cumplimiento efectivo
De esta manera, el Tribunal Pluripersonal de Reconquista impuso una pena de 16 años de prisión efectiva por un conjunto de delitos contra la integridad sexual, agravados —según la calificación judicial— por la convivencia preexistente.
La decisión fue suscripta por los tres magistrados intervinientes y quedó formalizada en la resolución fechada este 10 de agosto de 2026.




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