En el marco de un juicio oral y público en el día de la fecha el Tribunal Colegiado integrado por la Doctora Norma Noemí Senn y los Doctores Mauricio Martelossi y Santiago Banegas , resolvieron condenar a Nasif Rubén Oscar de 67 años de edad a 10 años y 6 meses de prisión de efectivo cumplimiento, como autor penalmente responsable de los delitos de abuso sexual gravemente ultrajante agravado por haber sido cometido a un menor de dieciocho años .-
El Fiscal Adjunto de la Unidad Fiscal Especial de Violencia de Género Familiar y Delitos Sexuales del Distrito Judicial Nº 4, Doctor Juan Marichal estuvo a cargo de la investigación, así como también todo el proceso que finalizó en el día de la fecha con la sentencia del juicio oral y público llevado a cabo en la Oficina de Gestión Judicial de la ciudad de Reconquista.
El abuelo le hacía Cosas Malas
La investigación penal preparatoria tiene comienzo el 23/08/2019 a raíz de una denuncia formulada por BDF, en la que manifestó que el día previo a las elecciones PASO nacionales, es decir el sábado 10 de agosto de 2019, sus primas PO y SN , de 13 y 5 años, respectivamente, habían sido llevadas por su madre SO (tía materna de la denunciante) a su casa para que las cuide durante la jornada electoral ya que ella sería Fiscal de mesa. Es así que, durante el desayuno, la denunciante la vio triste a la víctima y le preguntó que le pasaba, ya que ella sabía que su madre le había comentado que la habían llamado de la Región de Educación, ante lo que la niña le respondió que “su abuelo Ruben Nasif le hacía cosas malas con su cuerpo, ahí se larga a llorar, entonces yo no quise preguntarle más nada. Días siguientes fue contando a su interlocutora todo lo que le venía haciendo el ahora condenado.
Omisión de Denuncia de la Madre .Intervención de Equipo Interdisciplinario Educativo
Es así que ese día la niña no quiso volver a su casa (vivía en el mismo inmueble –en un ambiente separado- que el agresor-), la denunciante habló con su madre pero esta no formuló la denuncia al respecto, manifestando dudas de lo ocurrido. Con el correr de los días la niña le contó que los abusos habrían ocurrido varias veces y que ella tenía miedo. A su vez, la denunciante fue contactada por la Directora de la escuela donde concurría la menor, donde se le informó que la niña había revelado espontáneamente los hechos de abuso, que su madre había sido informada pero que no habría denunciado. Luego fue contactada por la Región de Educación, y allí le recomendaron que haga la denuncia.
Calificación de legal de los hechos.
El hecho fue calificado como Abuso Sexual gravemente ultrajante mediante abuso sexual gravemente ultrajante cometido sobre una menor de trece años de edad ,cometido mediante abuso intimidatoria de una relación de poder fáctico (abuelastro conviviente de la menor) Calificado por haber sido cometido contra una menor de 18 años , aprovechando la situación de convivencia preexistente con el mismo (Art. 119 primer segundo del C.P. en función del inciso f) del mismo artículo) en concurso ideal con promoción de la corrupción de menores doblemente agravado (art. 125 primer párrafo en función del segundo y tercer párrafo del mismo artículo), lo habría cometido en carácter de autor (art. 45 del C.P.).
La Condena
En la sala I del Edificio de Tribunales donde tiene su asiento la Oficina de Gestión Judicial en el día de la fecha el Tribunal Colegiado resolvió condenar a Rubén Oscar Nasif de 67 años de edad a la pena de 10 años y 6 meses de prisión de efectivo cumplimiento, como autor penalmente responsable del delio de Abuso Sexual gravemente ultrajante agravado por haber sido cometido a un menor de dieciocho años .
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