Se trata de Fabián Orlando Bejarano de 41 años. La pena fue impuesta por unanimidad en el marco de un juicio oral que finalizó hoy en Reconquista. El fiscal que representó al MPA en el debate es Leandro Mai (foto), quien adelantó que apelará la decisión de los magistrados.
Fabián Orlando Bejarano de 41 años identificado como Fabián Orlando Bejarano fue condenado a 19 años de prisión como autor de delitos contra la integridad sexual de su hija –menor de edad– y de otras dos niñas de su entorno familiar cometidos en Reconquista.
La sentencia fue resuelta por unanimidad por un tribunal integrado por los jueces Claudia Bressán (presidente), Gustavo Gon y Martín Gauna Chapero, en el marco de un juicio oral que finalizó hoy en los tribunales reconquistences.
El fiscal que representó al MPA en el debate es Leandro Mai, quien estuvo a cargo de la investigación de los ilícitos y participó de la audiencia de forma remota.
Apelación
“Apelaremos la sentencia porque a pesar de que una de las víctimas relató de manera contundente los padecimientos que sufrió, los magistrados no dieron por acreditado un abuso sexual con acceso carnal perpetrado por Bejarano”, manifestó Mai.
Asimismo, indicó que “los jueces desestimaron nuestra pretensión acusatoria aún cuando una médica de la Agencia de Investigación Criminal (AIC) revisó a la menor abusada y constató lesiones compatibles con el ilícito que atribuimos”.
Por otro lado, Mai cuestionó que “el tribunal rechazó otra parte de la calificación penal de los ilícitos”. Según precisó, “a raíz de informes profesionales, argumentamos que la conducta delictiva del condenado causó daños graves en la salud de las tres niñas y el veredicto lo niega”.
El funcionario del MPA subrayó que “el monto de la pena impuesta no es proporcional con la gravedad de los hechos que investigamos”. Recordó que “habíamos solicitado que el hombre fuera condenado a 40 años de prisión”, y aseguró que “reiteraremos el requerimiento en segunda instancia”.
Entre 2011 y 2018
Mai expuso que “Bejarano abusó sexualmente de tres menores de edad durante ocho años”. Especificó que “el hombre llevó adelante su conducta delictiva entre una fecha de 2011 que no logró ser determinada y marzo de 2018”.
El fiscal destacó que “los ilícitos ocurrieron en diferentes domicilios de la ciudad de Reconquista en los que las víctimas convivieron con el condenado”. En tal sentido, aclaró que “las niñas se conocen entre sí porque una es hija de Bejarano -aunque tiene otro apellido-; otra es su media hermana por parte de madre; y la tercera es una sobrina del hombre juzgado”.
Mai afirmó que “el condenado vulneraba la integridad sexual de las menores en momentos en los que estaba a cargo de su cuidado”, y agregó que “a dos de las víctimas las amenazaba para que no contaran nada sobre lo ocurrido”.
Recompensa
El fiscal resaltó que “quedó comprobado que luego de abusar de dos de las niñas, el condenado solía entregarles dinero como recompensa”. Mencionó que “sobre este asunto declaró como testigo una hija de la pareja de Bejarano que convivía con el grupo familiar y, según denunció una semana antes del inicio del jucio, también fue abusada por el hombre”.
Mai expresó que “la testigo relató situaciones de violencia sufridas por sus hermanas, su madre y por ella misma a raíz de ilícitos perpetrados por el condenado”. Añadió que “tras la nueva denuncia, el hombre fue imputado el viernes pasado y pronto presentaremos la acusación para solicitar la apertura de un nuevo debate oral”.
“La calificación penal del hecho cometido por Bejarano en perjuicio de esta cuarta persona es abuso sexual con acceso carnal agravado (por la situación de convivencia con una menor de 18 años; y por haber estado encargado de la guarda), corrupción de menores y amenazas coactivas”, sostuvo Mai.
Delitos
De acuerdo con lo resuelto por el tribunal, Bejarano fue condenado como autor de diversos delitos contra la integridad sexual. Por los ilícitos cometidos en perjuicio de su propia hija, se le atribuyó abuso sexual con acceso carnal reiterado y agravado (por haber aprovechado una situación de convivencia preexistente; por ser ascendiente de la víctima; y por la guarda).
Por otra parte, los jueces determinaron que el hombre de 41años perpetró el delito de abuso sexual gravemente ultrajante en contra de las otras dos menores. En relación a una de ellas, el ilícito fue endilgado calificado (por el aprovechamiento de la situación de convivencia preexistente con la víctima y por haber estado a cargo de su guarda).
Bejarano fue condenado además por la autoría de corrupción de menores -en contra de dos niñas- y de promoción de la corrupción de menores -en perjuicio de la tercera. Asimismo, se le atribuyó haber realizado amenazas coactivas a su hija y a otra de las víctimas.
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