El Ministerio Público de la Acusación mediante la intervención de la Unidad Especial de Violencia de Género, Sexual y Familiar a cargo del Dr. Aldo Gerosa (foto) dispuso el allanamiento y aprehensión de un policía perteneciente al Servicio Penitenciario de Coronda, se trata de Héctor Ramón Oyarzabal de 34 años domiciliado en esa ciudad Santafesina.
Héctor Ramón Oyarzabal en el marco de una investigación, en donde también se realizó una requisa domiciliaria y secuestros de elementos de real importancia para la causa.
En el mes de noviembre del 2019 se realizó una denuncia por parte de un ciudadano, quien a partir de la solicitud de amistad por parte de un usuario de la Red Social Facebook identificado como Héctor Ramón Oyarzabal, iniciaron conversación mediante la aplicación Messenger, en la que este último le envió una fotografías de cuerpos desnudos de menores de edad.
La relación entre las partes continúo mediante otras redes sociales en donde el mencionado Héctor Ramón Oyarzabal comenzó a enviar material vídeo gráfico con contenido pornográfico y prácticas sexuales con menores de edad (pornografía infantil). El material acompañado por el denunciante se observaban adultos en escenas sexuales con niños menores de edad.
La relación entre las partes continúo mediante otras redes sociales en donde el mencionado Héctor Ramón Oyarzabal comenzó a enviar material vídeo gráfico con contenido pornográfico y prácticas sexuales con menores de edad (pornografía infantil). El material acompañado por el denunciante se observaban adultos en escenas sexuales con niños menores de edad.
El Dr. Gerosa dispuso medidas tendientes a identificar las líneas telefónica y recabar nuevos elementos para la investigación, luego de haber reunidos suficientes elementos, solicitó el allanamiento y la detención de Héctor Ramón Oyarzabal quien se domicilia en la ciudad de Coronda de la Provincia de Santa Fe, lugar donde se secuestraron distintos elementos relacionados con el delito que se persigue.-
Por último el Doctor Gerosa consideró que a prima facie “la calificación legal de la conducta desplegada por el autor sería, en principio y sin perjuicio de nueva evidencia, la de DIVULGACIÓN y PUBLICACIÓN DE PORNOGRAFÍA INFANTIL REITERADA (al menos 5 hechos en concurso REAL) en calidad de autor (art. 128, 55, 45 C. Penal).
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