En la audiencia celebrada en las Oficinas de Gestión Judicial de la ciudad de Reconquista el día viernes 10 de enero el Juez de la IPP Dr. Martín Gauna Chapero se procedió a condenar a Martin Rodrigo Secarel y Miguel Antonio Pintos por los delitos de abigeato y tenencia ilegítima de arma de fuego resultado víctima el Señor Hilario Angel Paulin.
Los hechos fueron cometidos el día 6 de enero del corriente año en una fracción de inmueble de campo de 75 hectáreas arrendado por la víctima Hilario Angel Paulin , productor ganadero, en la zona rural de Los Lapachos, Departamento Gral. Obligado, Santa Fe donde tiene animales vacunos de su propiedad en cría . A las 19.30 del día mencionado llegaron al lugar los señores Martín Rodrigo Scarel y Miguel Antonio Pintos en una camioneta y se apoderaron ilegítimamente de un animal vacuno categoría vaquilla de un promedio de 170 kg. de peso, marcada con el diseño de la víctima . Para matar al animal utilizaron un arma tipo escopeta, que también fue secuestrada ya que tampoco contaba con la registración y autorización correspondiente.-
El día 08 de enero el Fiscal Dr. Aldo Gersoa a cargo de la investigación , en representación del MPA , concurrió a la audiencia imputativa en donde el juez declaró la legalidad de las detenciones de Scarel y Pintos, atribuyéndoseles los delitos de Abigeato Simple y tenencia ilegítima de arma de fuego de uso civil , en calidad de autores del primer tipo penal ambos sujetos y solamente a Pintos en de la tenencia en concurso Real con el de Abigeato (arts. 167 Ter. primer párrafo, 55, 189 bis, inc. 2º párrafo 1 del C .Penal en función de los arts. 1º, 3º, 14, 29, 42 de la Ley 20.429 y arts. 3, 5, 54 a 56, 63 a 65 del Decr. Ley nº 395/75, arts. 1 y 2 de la ley 24.492).
En una audiencia celebrada el día 10 de enero los imputaron aceptaron su responsabilidad en los hechos y en un proceso donde se abreviaron los plazos el Juez de la IPP los condenó a Scarel a dos (2) años de prisión de ejecución condicional más costas del proceso y a Pintos a dos (años y tres (3) meses de prisión de ejecución condicional , por los delitos de abigeato simple y tenencia ilegítima de arma de fuego de uso civil . Además ambos condenados en partes iguales deberán indemnizar a la víctima una suma de $22.000 o por los daños causados, también deberá donar un total de $10.000 en proporción del 50% cada uno para las escuelas públicas que existan en la Localidad de Lanteri e Ingeniero Chanourdie, a pagar dentro de los 120 días de la sentencia.-
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