En pos de llevar adelante el principio de transparencia, que a su vez generará una gestión más eficaz y eficiente
El Bloque de concejales del FPCyS presentó un proyecto de Ordenanza(pasó a comisión de hacienda) con la necesidad de contar con un Tribunal Municipal de Cuentas porque re resulta imprescindible en nuestra ciudad el control de la economía financiera pública y todo lo relativo con el manejo de fondos públicos, para lo cual deviene necesario la creación de un organismo y de mecanismo que cumplan con esta función, y que tenga por objetivo detectar oportunamente las desviaciones o infracciones a la normativa, determinando responsabilidades, estableciendo medidas correctivas convenientes, indemnizaciones y adopte determinaciones que impidan o dificulten al menos la repetición de tales conductas, todo ello en resguardo de nuestro Estado.
A los fines de la organización y el funcionamiento del “Tribunal”, este dictará su propio reglamento interno, que determinará la estructura orgánica respectiva necesaria para el cumplimiento de sus competencias.
A los fines de la organización y el funcionamiento del “Tribunal”, este dictará su propio reglamento interno, que determinará la estructura orgánica respectiva necesaria para el cumplimiento de sus competencias.
“El Tribunal de Cuentas” estará constituido por tres (3) miembros, que serán la autoridad del mismo. Un fiscal de cuentas que será el representante del cuerpo, ejerciendo el carácter de presidente del mismo y dos (2) vocales.
Los funcionarios a que se refiere el artículo anterior serán designados por el Honorable Concejo Municipal previo concurso público. Dicho concurso consistirá en una compulsa de antecedentes y oposición, comprendiendo esta última un examen y una entrevista.
El personal necesario para el funcionamiento del Tribunal surgirá de la planta permanente existente en la Municipalidad. En el supuesto de no existir personal disponible o cuando la función requiera de una apreciable especialización técnica el Tribunal procederá a llamar a Concurso Público para la provisión de dichos cargos.
El personal necesario para el funcionamiento del Tribunal surgirá de la planta permanente existente en la Municipalidad. En el supuesto de no existir personal disponible o cuando la función requiera de una apreciable especialización técnica el Tribunal procederá a llamar a Concurso Público para la provisión de dichos cargos.
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