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20 de marzo de 2017

Diputados dio media sanción a las modificaciones del código procesal penal

En la sesión extraordinaria del día jueves 16 de marzo, la Cámara de Diputados aprobó la reforma de 53 artículos de la Ley Penal provincial, introduciendo cambios importantes al pronunciamiento que había realizado el Senado. El objetivo central es dotar de mayores herramientas a fiscales, víctimas y querellantes en el procedimiento penal.

Se impide que los fiscales puedan no perseguir o perseguir parcialmente a quienes cometan este tipo de delitos, de cara a reforzar la persecución penal en casos de violencia de género y tenencia de armas ilegales. Se simplifican y suprimen algunos trámites, como la constitución del querellante y el dictado de los sobreseimientos.

Se fortalece el trabajo y la responsabilidad de los fiscales a la hora de investigar y de optar por salidas alternativas al juicio oral, como los juicios abreviados.

Se amplían los plazos de reserva de los legajos fiscales y el plazo para celebrar audiencias imputativas, de libertad o cautelares, que nunca podrá superar las 96 horas, contando 72 horas más 24 con autorización del juez.

Los fiscales contarán así con más tiempo para recolectar evidencias en casos complejos, respetando las garantías constitucionales de los imputados. Se requiere consentimiento del Fiscal regional para aplicar criterios de oportunidad en causas donde haya penas de seis años o más o se modifique la calificación del delito ante un juicio abreviado.




Al respecto Gregoret expresó: “Se realizaron las modificaciones necesarias para que los procesos judiciales sean más eficientes, sumados a las gestiones en cuanto a la infraestructura judicial que permanentemente venimos haciendo, son los planteos más importantes que cotidianamente recibimos, recordemos que la ampliación de los derechos de las víctimas, nos pone ante un cambio paradigmático en la justicia santafesina”.